martes, 3 de junio de 2014

Comunicado: Urge que la Justicia Comience la Investigación sobre Vorobiof

Urge que la Justicia Comience la Investigación sobre Vorobiof

Centro de Estudios y Acción Popular (CEAP)

            Luego de casi 8 meses de presentado el requerimiento del Fiscal Jorge Andrés, imputando al Presidente del Ente Portuario por un sinnúmero de delitos que se resumen en siete figuras penales, la Sala 1 de la Cámara de Apelaciones de Santa Fe comenzará hoy el tratamiento del tema. No para decidir si se procesa o no al imputado, sino sólo para resolver si habilita la investigación judicial.
            Resulta preocupante que habiendo solicitado el Fiscal que se realizaran allanamientos y secuestro de documentación, eso no se haya realizado de inmediato, ya que pasados varios meses, es muy difícil que esas pruebas se mantengan en su condición original.
Además, el único argumento con que la Justicia Santafesina no inició la investigación, es que la defensa de Vorobiof  arguyó que a él no le correspondían esos delitos, por “no ser Funcionario Público”. Cuestión ésta que se cae por si sola, con sólo constatar que tres de las siete figuras penales son totalmente independientes de la discusión de si él es o no Funcionario Público (Falsedad de Documento Público y/o  Uso de Documento Falso y/o  Defraudación por administración infiel agravada a la Administración Pública).
Por otra parte, en el requerimiento, el Fiscal Jorge Andrés hace hincapié en los hechos a los que pide se investiguen, relativizando totalmente su calificación legal diciendo que los mismos “se subsumirían prima facie en las figuras de...”, estableciendo al final la cláusula que esas figuras de hecho se plantean en forma provisoria: “sin perjuicio de la posterior variación que sufra, conforma el avance de la investigación.-
Aunque el inicio de la investigación no requiere esa definición, para nosotros resulta claro que además de los tres delitos mencionados, corresponden también los otros cuatro que hacen al rol de Funcionario Público de Marcelo Vorobiof. Esto es así en tanto Administra un Ente Público como el EAPSF cuyo patrimonio pertenece exclusivamente al Estado Provincial, ha sido designado por Decreto del Gobernador para que represente a la provincia y presida al Ente, y como tal debe cumplir con normas de contratación y administración que están perfectamente explícitas en la ley 11011, las que se corresponden con un organismo público y no con una institución privada.  
Delitos son delitos, y cuando existe una denuncia tan seria y fundamentada de un Fiscal, no debe demorarse un minuto en su investigación, ya que la misma es previa a la de fijar con precisión las figuras penales y decidir el procesamiento.
Esperamos que el Poder Judicial no abra la posibilidad de la dilación eterna del inicio de las investigaciones y del procesamiento correspondiente, a las cuales el imputado podría acceder a través del  clásico mecanismo de las múltiples apelaciones.

Santa Fe, 4 de junio de 2014

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